Concesionarios protegen usuarios en daños por uso de vias y puentes. Permisionarios de pasajeros y turismo protegen viajeros y equipaje. Garantia debe cubrir desde abordaje hasta descenso.
Los concesionarios a que se refiere esta Ley están obligados a proteger a los usuarios en los caminos y puentes por los daños que puedan sufrir con motivo de su uso. Asimismo, los permisionarios de autotransporte de pasajeros y turismo protegerán a los viajeros y su equipaje por los daños que sufran con motivo de la prestación del servicio.
La garantía que al efecto se establezca deberá ser suficiente para que el concesionario ampare al usuario de la vía durante el trayecto de la misma, y el permisionario a los viajeros desde que aborden hasta que desciendan del vehículo.
Los concesionarios y permisionarios deberán otorgar esta garantía en los términos que establezca el reglamento respectivo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo clave de responsabilidad civil. La garantia debe ser suficiente y regulada por reglamento. Revisar cobertura de seguros para cumplir este requisito.
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