Cuando se devuelve un bien a la masa por fraude, deben devolverse tambien los productos liquidos e intereses desde que se disfruto del bien, conforme al acuerdo original o interes legal.
Cuando se resuelva la devolución a la Masa de algún objeto o cantidad, se entenderá aunque no se exprese, que deben devolverse también sus productos líquidos o intereses correspondientes al tiempo en que se disfrutó de la cosa o dinero. Para efectos del cómputo de los productos líquidos o intereses se estará a lo convenido originalmente entre las partes o, en su defecto, se considerará el interés legal.
TÍTULO CUARTO Del reconocimiento de créditos
Capítulo I De las operaciones para el reconocimiento
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Al recuperar bienes fraudulentamente dispuesto, no olvide incluir todos los frutos generados. Calcule intereses desde la fecha de dispersion del bien hasta la recuperacion, usando la tasa pactada o la tasa legal en su defecto.
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Art. 118. Responsabilidad por adquisicion fraudulenta de bienes
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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