Enumera seis correctivos en orden de severidad: amonestacion, arresto, cambio de adscripcion, suspension de derechos escalafonarios, pase a disposicion y baja del Servicio Activo.
Los correctivos disciplinarios son:
I. Amonestación;
II. Arresto;
III. Cambio de adscripción en observación de su conducta a una comisión subalterna;
IV. Suspensión de los derechos escalafonarios para fines de promoción, hasta por un año;
V. Pase a disposición en espera de órdenes por un periodo no mayor a un año. El personal en esta situación no será propuesto para ascenso, y
VI. Baja del Servicio Activo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Existe escala de severidad que debe respetarse: no puede imponerse baja directamente sin agotar sanciones previas en casos ordinarios. Cada correctivo tiene efectos distintos en carrera naval y derechos del personal.
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Art. 49. Facultad para imponer correctivos
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Art. 51. Competencia por tipo de correctivo
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