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Artículo 50. Tipos de correctivos disciplinarios

Enumera seis correctivos en orden de severidad: amonestacion, arresto, cambio de adscripcion, suspension de derechos escalafonarios, pase a disposicion y baja del Servicio Activo.

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Texto Legal

Los correctivos disciplinarios son:

I. Amonestación;

II. Arresto;

III. Cambio de adscripción en observación de su conducta a una comisión subalterna;

IV. Suspensión de los derechos escalafonarios para fines de promoción, hasta por un año;

V. Pase a disposición en espera de órdenes por un periodo no mayor a un año. El personal en esta situación no será propuesto para ascenso, y

VI. Baja del Servicio Activo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Existe escala de severidad que debe respetarse: no puede imponerse baja directamente sin agotar sanciones previas en casos ordinarios. Cada correctivo tiene efectos distintos en carrera naval y derechos del personal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 50 del 252?

Enumera seis correctivos en orden de severidad: amonestacion, arresto, cambio de adscripcion, suspension de derechos escalafonarios, pase a disposicion y baja del Servicio Activo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 50 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada...?

Existe escala de severidad que debe respetarse: no puede imponerse baja directamente sin agotar sanciones previas en casos ordinarios. Cada correctivo tiene efectos distintos en carrera naval y derechos del personal.

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