Doce circunstancias agravantes aplican incluyendo: influencia de drogas, abuso de confianza, mal ejemplo, reincidencia, evasion de responsabilidad, ocultamiento de pruebas, complicidad, presencia de terceros y abuso de jerarquia.
Son circunstancias agravantes para la graduación de arrestos:
I. Encontrarse desempeñando actividades dentro de su unidad o establecimiento bajo el influjo de substancias psicotrópicas, en el momento de cometer la falta;
II. En la comisión de la falta, abusar de la confianza que le haya depositado el superior;
III. Cometer la falta en presencia de personal subalterno, constituyéndose en mal ejemplo para ellos;
IV. La reincidencia en la comisión de la falta;
V. Tratar de evadir la responsabilidad en que se incurrió, involucrando a otro personal de la Armada;
VI. Tratar de ocultar las pruebas de la falta o de los resultados de la misma;
VII. Hacerse cómplice de algún subalterno para la comisión de la falta;
VIII. Tratar de ocultar las consecuencias de la falta, mediante la comisión de una nueva;
IX. Que la falta cometida transgreda al mismo tiempo varios ordenamientos;
X. Infringir un ordenamiento en presencia de personal extraño a la Armada;
XI. Abusar de la jerarquía o del cargo que se desempeña para cometer la falta, y
XII. Otras circunstancias que a juicio del mando correspondiente, aumenten la gravedad de la falta. LEY DE DISCIPLINA PARA EL PERSONAL DE LA ARMADA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 13-12-2002 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
CAPITULO VI Organismos Disciplinarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esta lista exhaustiva de agravantes puede multiplicar significativamente la sancion. La reincidencia y el abuso de jerarquia son especialmente graves; requiere verificar que falta previa fue efectivamente probada si se invoca reincidencia.
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