La hipoteca marítima tiene preferencia inmediata despues de los privilegios marítimos del articulo 91 y prevalece sobre cualquier otro credito que grave la embarcacion.
El gravamen real de hipoteca pasará inmediatamente después de los privilegios marítimos enumerados en el artículo 91 de esta Ley, y tendrá preferencia sobre cualquier otro crédito que pudiera gravar la embarcación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental entender la jerarquía de creditos: primero privilegios marítimos especiales, luego hipotecas marítimas. Los prestamistas deben considerar esta estructura al evaluar garantías en embarcaciones y el riesgo de subordinacion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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