LNCM

Artículo 16. Organizacion y funcionamiento del Registro Maritimo

Reglamento determinara organizacion, funcionamiento, procedimientos, formalidades y requisitos de inscripcion en Registro Publico Maritimo Nacional.

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Texto Legal

La organización y funcionamiento del Registro Público Marítimo Nacional, así como los procedimientos, formalidades y requisitos de inscripción, se establecerán en el reglamento respectivo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo remisivo que difiere detalles operativos al reglamento. Sugiere consultar reglamento especifico para procedimientos exactos, plazos y documentacion requerida. Es habitual que cambios operativos ocurran por reglamento sin reforma legal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del LNCM?

Reglamento determinara organizacion, funcionamiento, procedimientos, formalidades y requisitos de inscripcion en Registro Publico Maritimo Nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 16 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Articulo remisivo que difiere detalles operativos al reglamento. Sugiere consultar reglamento especifico para procedimientos exactos, plazos y documentacion requerida. Es habitual que cambios operativos ocurran por reglamento sin reforma legal.

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