Seguros pueden contratarse por viaje o termino, en paz o guerra, sencillo o redondo, a nombre del solicitante, tercero o al portador.
Podrán asegurarse todos o parte de los bienes expresados en el artículo anterior, junta o separadamente, en tiempo de paz o de guerra, por viaje o a término, por viaje sencillo o redondo, sobre buenas o malas noticias. La póliza podrá expedirse a la orden del solicitante, de un tercero o al portador.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Ofrece flexibilidad en contratacion segun operaciones maritimas. Navieros deben seleccionar modalidad coherente con patrones de navegacion; portadores de pólizas al portador tienen menos proteccion de derechos.
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