LOPSRM

Artículo 75. Verificacion de obras

La Secretaría podrá verificar que las obras se realicen conforme a la ley, realizando visitas e inspecciones a las dependencias y solicitando información a los involucrados.

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Texto Legal

La Secretaría en el ejercicio de sus facultades, podrá verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en esta Ley o en otras disposiciones aplicables.

La Secretaría podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las dependencias y entidades que realicen obras públicas y servicios relacionados con las mismas, e igualmente podrá solicitar a las personas servidoras públicas y a los contratistas que participen en ellos, todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. Artículo reformado DOF 28-05-2009, 16-04-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las verificaciones son una herramienta clave para asegurar el cumplimiento normativo. Las dependencias deben estar preparadas para facilitar la información requerida durante estas inspecciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 75 del LOPSRM?

La Secretaría podrá verificar que las obras se realicen conforme a la ley, realizando visitas e inspecciones a las dependencias y solicitando información a los involucrados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 75 de la LEY de Obras Públicas y Servicios Relacionados ...?

Las verificaciones son una herramienta clave para asegurar el cumplimiento normativo. Las dependencias deben estar preparadas para facilitar la información requerida durante estas inspecciones.

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