LPEAM

Artículo 15. Funcionamiento del Consejo

Integrantes tienen voz y voto sin remuneracion. Pueden designar suplentes de nivel Director General. Presidente tiene voto de calidad en empates. Sesiones requieren quórum de 50% más uno.

votacionquorumprocedimiento consejovoto calidad

Texto Legal

Las personas integrantes del Consejo contarán con voz y voto y no recibirán remuneración alguna por su participación en el mismo.

Las personas integrantes del Consejo podrán designar por escrito a su respectivo suplente, los que no podrán tener un nivel jerárquico inferior al de titular de Dirección General, quienes contarán con voz y voto.

La persona titular de la Presidencia del Consejo será suplida en sus ausencias por la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional y quien supla a éste no tendrá derecho a voto.

En caso de empate durante la votación la persona titular de la Presidencia del Consejo o su suplente tendrá voto de calidad.

Las personas integrantes del Consejo podrán hacerse acompañar del personal técnico que requieran para el tratamiento de los asuntos materia de las sesiones, previa comunicación a la Secretaría Técnica, veinticuatro horas antes de la celebración de la sesión.

LEY DE PROTECCIÓN DEL ESPACIO AÉREO MEXICANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 01-03-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

El Consejo tendrá como personas invitadas permanentes: a la persona titular de la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana; a la persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional; a la persona titular de la Dirección General de la Agencia Federal de Aviación Civil, y a la persona titular de la Dirección General de Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano.

También se podrá invitar a la persona titular del Instituto Nacional de Migración; a la persona titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México; a la persona titular de la Dirección General del Centro Nacional de Inteligencia; a representantes de universidades públicas y privadas, y a las autoridades que por el ámbito de competencia se estime conveniente.

Las personas invitadas tendrán derecho a voz, pero sin voto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Reglas procedimentales del Consejo. Notar que voto de calidad del Presidente resuelve empates, dando poder de decision al Ejecutivo. Tambien establece requisito de quorum y nivel minimo de suplentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del LPEAM?

Integrantes tienen voz y voto sin remuneracion. Pueden designar suplentes de nivel Director General. Presidente tiene voto de calidad en empates. Sesiones requieren quórum de 50% más uno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano?

Reglas procedimentales del Consejo. Notar que voto de calidad del Presidente resuelve empates, dando poder de decision al Ejecutivo. Tambien establece requisito de quorum y nivel minimo de suplentes.

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