LPEAM

Artículo 23. Procedimiento de Interceptacion y segregacion aerea

El Centro notifica simultaneamente a autoridad aeronautica y Servicios de Navegacion cuando declara alertamiento aereo. Los servicios segregan el espacio aereo otorgando prioridad a aeronaves de interceptacion conforme a normas de Aviacion Civil Internacional. Se comparte informacion disponible por seguridad.

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Texto Legal

El procedimiento de Interceptación aérea en el espacio aéreo nacional tendrá como premisa el uso flexible del Espacio Aéreo Mexicano, conforme a lo establecido por la Organización de Aviación Civil Internacional, por lo que, cuando el Centro declare un Alertamiento aéreo lo notificará de manera simultánea a la autoridad aeronáutica y a los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano. Para este fin, los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano segregarán el espacio aéreo en favor de las aeronaves en cumplimiento de estas acciones, las cuales tendrán prioridad para el cumplimiento de su misión.

En los casos de Alertamiento aéreo en los cuales los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano no disponga de información del vuelo no autorizado, el Centro compartirá la información disponible como medida de Seguridad del Espacio Aéreo y protección a la aviación civil.

LEY DE PROTECCIÓN DEL ESPACIO AÉREO MEXICANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 01-03-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo conecta los procedimientos operacionales con la normativa internacional, asegurando que Mexico actue dentro de estandares de la OACI. Las aeronaves interceptoras obtienen prioridad absoluta en el espacio aereo, lo que puede afectar temporalmente otros vuelos comerciales. Los operadores deben comprender que durante alertamientos pueden experimentar desvios o cambios de ruta sin previo aviso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 23 del LPEAM?

El Centro notifica simultaneamente a autoridad aeronautica y Servicios de Navegacion cuando declara alertamiento aereo. Los servicios segregan el espacio aereo otorgando prioridad a aeronaves de interceptacion conforme a normas de Aviacion Civil Internacional. Se comparte informacion disponible por seguridad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 23 de la LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano?

Este articulo conecta los procedimientos operacionales con la normativa internacional, asegurando que Mexico actue dentro de estandares de la OACI. Las aeronaves interceptoras obtienen prioridad absoluta en el espacio aereo, lo que puede afectar temporalmente otros vuelos comerciales. Los operadores deben comprender que durante alertamientos pueden experimentar desvios o cambios de ruta sin previo aviso.

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