LViv

Artículo 26. Organos de vigilancia y control interno

La Comision contara con un Comisario Publico designado por Secretaria de Funcion Publica y un organo de control interno integrado en su estructura.

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Texto Legal

La Comisión contará con un órgano de vigilancia que estará integrado por un Comisario Público Propietario y un Suplente, designados por la Secretaría de Función Pública.

Asimismo, contará con un órgano de control interno que será parte integrante de su estructura y desarrollará sus funciones conforme a los lineamientos que emita la Secretaría de la Función Pública.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo procesal que establece mecanismos de rendicion de cuentas. El Comisario Publico y control interno son fundamentales para transparencia. Relevante para auditores y consultores que revisen cumplimiento normativo de la institucion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 26 del LViv?

La Comision contara con un Comisario Publico designado por Secretaria de Funcion Publica y un organo de control interno integrado en su estructura.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 26 de la LEY de Vivienda?

Articulo procesal que establece mecanismos de rendicion de cuentas. El Comisario Publico y control interno son fundamentales para transparencia. Relevante para auditores y consultores que revisen cumplimiento normativo de la institucion.

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