LViv

Artículo 8. Contenido del Programa Nacional de Vivienda

Requiere diagnostico, objetivos, estrategia general, identificacion de financiamiento, apoyos para poblacion pobre, mejora regulatoria, coordinacion urbana, programas de suelo, produccion social, mercado secundario y evaluacion.

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Texto Legal

El Programa Nacional de Vivienda contendrá:

I. Un diagnóstico de la situación habitacional de todo el país, así como un señalamiento específico de sus principales problemas y tendencias;

LEY DE VIVIENDA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

II.Los objetivos que regirán el desempeño de las acciones de vivienda de la Administración Pública Federal y los mecanismos de coordinación con las entidades federativas y los municipios, así como para la concertación de acciones con los sectores social y privado;

III.La estrategia general habitacional, que comprenderá las acciones básicas a seguir, la definición de las distintas modalidades de atención, el señalamiento de metas y prioridades y su previsible impacto en el sistema urbano, así como en el desarrollo regional, económico y social;

IV.La identificación de las fuentes de financiamiento y la estimación de los recursos necesarios para las acciones de vivienda, tanto para hacer posible su oferta como la satisfacción de su demanda, así como los mecanismos para fomentar la participación y el financiamiento público, social y privado para la vivienda;

V.Los apoyos e instrumentos para atender las necesidades de vivienda de la población, preferentemente de aquella en situación de pobreza, así como los lineamientos de coordinación entre las instancias correspondientes para su ejecución;

VI.Las medidas de mejora regulatoria encaminadas a fortalecer la seguridad jurídica y disminuir los costos de la vivienda;

VII.Los lineamientos para la normalización de los bienes y servicios que se utilicen en la producción de vivienda;

VIII.Las estrategias de coordinación para el abatimiento de costos de la vivienda, así como los mecanismos que eviten prácticas indebidas que encarezcan el financiamiento, la adquisición, construcción y mejoramiento de la vivienda;

IX.Las bases para la articulación de la Política Nacional de Vivienda con la ordenación del territorio y el desarrollo urbano;

X.La definición de los programas, mecanismos e instrumentos que permitan implementar las acciones necesarias en materia de suelo;

XI.La identificación de las necesidades de suelo y la estimación de los recursos que hagan posible la disponibilidad del mismo;

XII.Los instrumentos y apoyos a la producción social de vivienda, a la vivienda de construcción progresiva y a la vivienda rural;

XIII.Las estrategias y líneas de acción para facilitar el acceso al financiamiento público y privado para la construcción y mejoramiento de vivienda para los pueblos y comunidades rurales, indígenas y afromexicanas; Fracción reformada DOF 01-04-2024

XIV.La tipología y modalidades de producción habitacional que oriente las acciones en la materia;

XV.Las estrategias y líneas de acción para fomentar el desarrollo del mercado secundario y de arrendamiento de vivienda;

XVI.Las estrategias para desarrollar acciones de vivienda que permitan la reubicación de la población establecida en zonas de alto riesgo o afectada por desastres, en congruencia con la política de ordenación territorial;

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XVII. Los requerimientos mínimos que deban ser materia de coordinación con entidades federativas y municipios para la regulación de las construcciones para asegurar calidad, seguridad y habitabilidad de la vivienda, y

XVIII. Los demás que señale el Plan Nacional de Desarrollo y otros ordenamientos legales.

Las dependencias y entidades que participen en la instrumentación de las acciones previstas en este artículo, en el ámbito de sus respectivas competencias, se coordinarán con la Comisión para efectos de su ejecución.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo operacional que define contenido obligatorio del programa nacional. Contadores deben revisar anualmente este programa para identificar nuevas fuentes de financiamiento y cambios en prioridades de asignacion de recursos federales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del LViv?

Requiere diagnostico, objetivos, estrategia general, identificacion de financiamiento, apoyos para poblacion pobre, mejora regulatoria, coordinacion urbana, programas de suelo, produccion social, mercado secundario y evaluacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la LEY de Vivienda?

Articulo operacional que define contenido obligatorio del programa nacional. Contadores deben revisar anualmente este programa para identificar nuevas fuentes de financiamiento y cambios en prioridades de asignacion de recursos federales.

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