LISSSTE

Artículo 248. Imprescriptibilidad de derecho a pension

Establece que derecho a Pension es imprescriptible, pero Pensiones caidas no reclamadas en 5 anos prescriben a favor del Instituto.

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Texto Legal

El derecho a la Pensión es imprescriptible. Las Pensiones caídas y cualquier prestación en dinero a cargo del Instituto que no se reclame dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que hubieren sido exigibles, prescribirán a favor del Instituto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Paradoja legal importante: derecho a pension es imprescriptible pero cobro efectivo de pension caida prescribe en 5 anos. Trabajadores deben reclamar activamente. Recomendable que beneficiarios creen mecanismos de notificacion al cumplir 75 anos (ver articulo 251).

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 248 del LISSSTE?

Establece que derecho a Pension es imprescriptible, pero Pensiones caidas no reclamadas en 5 anos prescriben a favor del Instituto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 248 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Soci...?

Paradoja legal importante: derecho a pension es imprescriptible pero cobro efectivo de pension caida prescribe en 5 anos. Trabajadores deben reclamar activamente. Recomendable que beneficiarios creen mecanismos de notificacion al cumplir 75 anos (ver articulo 251).

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