Los trabajadores pueden realizar aportaciones voluntarias a su cuenta individual, ya sea a través de su patrón o directamente. Estas aportaciones pueden ser transferidas a la subcuenta de vivienda con el consentimiento del trabajador.
Los trabajadores tendrán en todo tiempo el derecho a realizar aportaciones voluntarias a su cuenta individual, ya sea por conducto de su patrón al efectuarse el entero de las aportaciones o por sí mismos. En estos casos las aportaciones se depositarán a la subcuenta de aportaciones voluntarias.
Previo consentimiento del trabajador, el importe de las aportaciones voluntarias a que se refiere el párrafo anterior, podrá ser transferido a la subcuenta de vivienda, a fin de que sea aplicado para el otorgamiento de un crédito a su favor, en los términos de la presente Ley.
Por otra parte, los trabajadores por sí mismos o por conducto de sus patrones, podrán realizar depósitos extraordinarios destinados específicamente a los programas de vivienda que apruebe el Consejo de Administración. Artículo reformado DOF 07-01-1982, 24-02-1992, 06-01-1997
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Fomentar las aportaciones voluntarias puede ser una buena estrategia para mejorar la capacidad de financiamiento de vivienda. Los trabajadores deben estar informados sobre las opciones disponibles para maximizar sus ahorros.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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