LMV

Artículo 356. Comparecencias ante la Comisión

La Comisión formulará cuestionamientos a los comparecientes durante las inspecciones. Se establecen los procedimientos para estas comparecencias.

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Texto Legal

En el desahogo de las comparecencias a que se refiere esta Ley, la Comisión formulará los cuestionamientos que estime pertinentes, en cuyo caso los comparecientes deberán responder, bajo protesta de decir verdad, los cuestionamientos que se les formulen.

LEY DEL MERCADO DE VALORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Las visitas de inspección a que hace referencia este Título podrán ser ordinarias, especiales o de investigación.

Las visitas ordinarias serán aquellas que se efectúen de conformidad con el programa anual que apruebe el presidente de la Comisión.

Las visitas especiales, serán aquellas que sin estar incluidas en el programa anual a que se refiere el párrafo anterior, se practiquen en cualquiera de los supuestos siguientes:

I. Para examinar y, en su caso, corregir situaciones especiales operativas.

II. Para dar seguimiento a los resultados obtenidos en una visita de inspección.

III. Cuando se presenten cambios o modificaciones en la situación contable, jurídica, económica, financiera o administrativa de una emisora o entidad financiera.

IV. Cuando una entidad financiera inicie operaciones después de la elaboración del programa anual a que se refiere el tercer párrafo de este artículo.

V. Cuando se presenten actos, hechos u omisiones en emisoras o entidades financieras que no hayan sido originalmente contempladas en el programa anual a que se refiere el tercer párrafo de este artículo, que motiven la realización de la visita.

VI. Cuando deriven de la cooperación internacional.

Las visitas de investigación se efectuarán siempre que la Comisión tenga indicios de los cuales pueda desprenderse la realización de alguna conducta que presuntamente contravenga lo previsto en esta Ley y demás disposiciones de carácter general que emanen de ella.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los comparecientes estén bien preparados para responder a los cuestionamientos de la Comisión. La claridad y la honestidad son fundamentales en este proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 356 del LMV?

La Comisión formulará cuestionamientos a los comparecientes durante las inspecciones. Se establecen los procedimientos para estas comparecencias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 356 de la LEY del Mercado de Valores?

Es importante que los comparecientes estén bien preparados para responder a los cuestionamientos de la Comisión. La claridad y la honestidad son fundamentales en este proceso.

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