LMV

Artículo 95. Ofertas publicas de adquisicion

Las ofertas públicas de adquisición pueden ser voluntarias o forzosas y están sujetas a regulaciones específicas. Esto asegura un marco legal claro para los inversionistas y emisoras.

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Texto Legal

Las ofertas públicas de adquisición podrán ser voluntarias o forzosas y estarán sujetas a lo previsto en esta Ley y en las disposiciones de carácter general que al efecto expida la Comisión.

Las ofertas públicas de adquisición de valores objeto de inscripción simplificada, se sujetarán a los mecanismos que las propias emisoras simplificadas establezcan en sus estatutos sociales, por lo que no les será aplicable lo previsto en los artículos 96 a 103 de la presente Ley. Párrafo adicionado DOF 28-12-2023

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben evaluar cuidadosamente las condiciones de sus ofertas públicas para cumplir con las regulaciones y proteger sus intereses y los de los inversionistas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 95 del LMV?

Las ofertas públicas de adquisición pueden ser voluntarias o forzosas y están sujetas a regulaciones específicas. Esto asegura un marco legal claro para los inversionistas y emisoras.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 95 de la LEY del Mercado de Valores?

Las empresas deben evaluar cuidadosamente las condiciones de sus ofertas públicas para cumplir con las regulaciones y proteger sus intereses y los de los inversionistas.

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