LFCDO

Artículo 28. Reserva de comunicaciones privadas

Los participantes en intervenciones de comunicaciones deben guardar reserva sobre su contenido. La revelación indebida conlleva sanciones severas.

reservacomunicacionessanciones

Texto Legal

Quienes participen en alguna intervención de comunicaciones privadas deberán guardar reserva sobre el contenido de las mismas.

LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Los servidores públicos de la unidad especializada prevista en el artículo 8o. de esta Ley, así como cualquier otro servidor público o los servidores públicos del Poder Judicial Federal, que participen en algún proceso de los delitos a que se refiere esta Ley, que revelen, divulguen o utilicen en forma indebida o en perjuicio de otro la información o imágenes obtenidas en el curso de una intervención de comunicaciones privadas, autorizada o no, serán sancionados con prisión de seis a doce años, de quinientos a mil días multa, así como con la destitución e inhabilitación para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos, por el mismo plazo que la pena de prisión impuesta.

La misma pena se impondrá a quienes con motivo de su empleo, cargo o comisión público tengan conocimiento de la existencia de una solicitud o autorización de intervención de comunicaciones privadas y revelen su existencia o contenido.

CAPÍTULO SÉPTIMO DEL ASEGURAMIENTO DE BIENES SUSCEPTIBLES DE DECOMISO Capítulo recorrido (antes Capítulo Quinto) DOF 16-06-2016

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La confidencialidad es fundamental en estos procesos. Los abogados deben enfatizar la importancia de no divulgar información sensible para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 28 del LFCDO?

Los participantes en intervenciones de comunicaciones deben guardar reserva sobre su contenido. La revelación indebida conlleva sanciones severas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 28 de la LEY contra la Delincuencia Organizada?

La confidencialidad es fundamental en estos procesos. Los abogados deben enfatizar la importancia de no divulgar información sensible para evitar sanciones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 28 del LFCDO?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 28 LFCDO desde tu celular