LFSA

Artículo 88. Notificación de incumplimientos

Los agentes deben notificar a la Secretaría si sospechan que algún producto no cumple con las disposiciones de sanidad. Esto permite tomar medidas inmediatas para proteger la salud pública.

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Texto Legal

Los agentes involucrados deberán notificar a la Secretaría cuando sospeche que alguno de los animales, bienes de origen animal, productos para uso o consumo animal, que han producido, transformado, fabricado, distribuido o importado no cumplen con las disposiciones de sanidad animal o los relativos a buenas prácticas pecuarias, en caso procedente, la Secretaría ordenará de inmediato su retiro del mercado o dispondrá las medidas zoosanitarias que correspondan.

Cuando las mercancías sean retiradas del mercado, se informará a la Secretaría y a los consumidores de las razones de este retiro.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La notificación oportuna es esencial para prevenir riesgos sanitarios. Los agentes deben estar atentos a cualquier irregularidad y actuar de inmediato para cumplir con la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 88 del LFSA?

Los agentes deben notificar a la Secretaría si sospechan que algún producto no cumple con las disposiciones de sanidad. Esto permite tomar medidas inmediatas para proteger la salud pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 88 de la LEY de Sanidad Animal?

[IA] La notificación oportuna es esencial para prevenir riesgos sanitarios. Los agentes deben estar atentos a cualquier irregularidad y actuar de inmediato para cumplir con la ley.

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