LGDLPI

Artículo 5. Responsabilidad del Estado

El Estado, a través de sus gobiernos, debe reconocer, proteger y promover las lenguas indígenas. Esto incluye acciones en los ámbitos de competencia correspondientes.

responsabilidad del estadoprotecciónpromoción

Texto Legal

El Estado a través de sus tres órdenes de gobierno, -Federación, Entidades Federativas y municipios-, en los ámbitos de sus respectivas competencias, reconocerá, protegerá y promoverá la preservación, desarrollo y uso de las lenguas indígenas nacionales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo establece la obligación del Estado, lo que implica que los gobiernos deben implementar políticas efectivas. Es fundamental para los abogados que trabajan con comunidades indígenas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del LGDLPI?

El Estado, a través de sus gobiernos, debe reconocer, proteger y promover las lenguas indígenas. Esto incluye acciones en los ámbitos de competencia correspondientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la LEY de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Ind...?

[IA] Este artículo establece la obligación del Estado, lo que implica que los gobiernos deben implementar políticas efectivas. Es fundamental para los abogados que trabajan con comunidades indígenas.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 5 del LGDLPI?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 5 LGDLPI desde tu celular