LGAAS

Artículo 110. Responsabilidad Civil y Penal

Este articulo aclara que las sanciones administrativas no excluyen la responsabilidad civil o penal. Es un recordatorio de que las infracciones pueden tener consecuencias más allá de las administrativas.

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Texto Legal

Las sanciones administrativas señaladas en esta Ley, tanto para servidores públicos como para particulares, son aplicables sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal de quienes incurran en ellas.

En caso de que existan hechos que pudieran ser constitutivos de algún delito, las autoridades estarán obligadas a realizar la denuncia penal correspondiente, coadyuvando en la investigación y aportando todos los elementos probatorios con los que cuente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los infractores deben estar conscientes de que las sanciones administrativas pueden ser solo una parte de las consecuencias legales. La posibilidad de responsabilidad penal implica la necesidad de asesoría legal inmediata.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 110 del LGAAS?

Este articulo aclara que las sanciones administrativas no excluyen la responsabilidad civil o penal. Es un recordatorio de que las infracciones pueden tener consecuencias más allá de las administrativas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 110 de la LEY de la Alimentación Adecuada y Sostenible?

[IA] Los infractores deben estar conscientes de que las sanciones administrativas pueden ser solo una parte de las consecuencias legales. La posibilidad de responsabilidad penal implica la necesidad de asesoría legal inmediata.

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