Define el momento en que se causa el impuesto sobre automoviles nuevos. En la enajenacion, se causa al momento de la entrega material del vehiculo o al expedirse la factura, lo que ocurra primero. En la importacion, se causa al momento en que el importador presente el pedimento de importacion.
El impuesto sobre automoviles nuevos se causara en el momento en que se realicen los supuestos siguientes:
El ISAN se causa en el momento en que se realice cualquiera de los siguientes supuestos, lo que ocurra primero:
- a) Se entregue materialmente el automovil al adquirente.
- b) Se expida el comprobante fiscal que ampare la enajenacion.
- c) Se envie o consigne el automovil al adquirente.
En el caso de importacion definitiva de automoviles, el impuesto se causa en el momento en que el importador presente el pedimento de importacion ante la aduana, para los efectos del pago correspondiente.
La regla general para la enajenacion es que el impuesto se causa al momento en que ocurra primero cualquiera de los tres supuestos mencionados. En la practica comercial, lo mas comun es que la factura se expida al momento de la entrega del vehiculo, por lo que ambos eventos suelen coincidir.
Cuando el adquirente entregue anticipos o depositos para apartar un automovil, el ISAN no se causa en ese momento, sino hasta que se realice la entrega material del vehiculo o se expida la factura correspondiente. Esto es relevante para las operaciones de preventa de vehiculos.
Una vez causado el impuesto, surge la obligacion de calcularlo, retenerlo y enterarlo al fisco federal en los plazos establecidos en esta Ley. La causacion es el hecho generador que activa todas las obligaciones fiscales relacionadas con el ISAN.
A diferencia del IVA que se causa sobre flujo de efectivo (al momento del cobro efectivo), el ISAN se causa al momento de la entrega o facturacion, independientemente de cuando se reciba el pago. Esto implica que en ventas a credito, el ISAN se causa al entregar el vehiculo, aun cuando el pago se difiera en el tiempo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El momento de causacion del ISAN es crucial para determinar cuando surge la obligacion tributaria. En la practica, las agencias automotrices deben tener claro que el impuesto se causa al facturar o entregar el vehiculo, lo que ocurra primero. Esto es especialmente relevante en operaciones de financiamiento donde la entrega y el pago no coinciden. Para importaciones, el momento relevante es la presentacion del pedimento ante la aduana, lo que vincula el ISAN directamente al proceso aduanero.
Art. 1. Sujetos obligados al pago del ISAN
Establece quienes estan obligados al pago del Impuesto sobre Automoviles Nuevos: fabricantes, ensambladores, distribuidores autorizados e importadores de automoviles nuevos. Define el objeto del impuesto como la enajenacion de automoviles nuevos de produccion nacional y la importacion definitiva de automoviles al pais.
Art. 3. Base del impuesto: precio de enajenacion
Define la base gravable del ISAN como el precio de enajenacion del automovil al consumidor, incluyendo el equipo opcional, comun o de lujo, sin disminuir descuentos, bonificaciones o rebajas. Para importaciones, la base es el valor en aduana adicionado con el impuesto general de importacion.
Art. 6. Pago del impuesto
Establece la forma y plazos para el pago del ISAN. Los fabricantes, ensambladores, distribuidores autorizados y comerciantes deben calcular el impuesto correspondiente a cada enajenacion y pagarlo mediante declaracion que presentaran ante las oficinas autorizadas a mas tardar el dia 17 del mes siguiente.
Art. 7. Importacion definitiva de automoviles
Regula el pago del ISAN en la importacion definitiva de automoviles al pais. Establece que el impuesto se pagara conjuntamente con el impuesto general de importacion, incluso cuando el pago de este ultimo se difiera mediante deposito en cuenta aduanera o se trate de importaciones temporales convertidas en definitivas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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