La Presidencia del Órgano de Administración Judicial será designada mediante insaculación, con un periodo de dos años. Este articulo regula el proceso de selección y duración del cargo.
La Presidencia del Órgano de Administración Judicial será designada mediante insaculación. La Presidenta o Presidente durará dos años en el encargo y ejercerá las atribuciones que le confiere el artículo 99 de esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La insaculación para la presidencia asegura un proceso transparente. Los abogados deben estar atentos a los cambios en la dirección del órgano, ya que esto puede influir en la administración judicial.
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