Cuando no sea posible localizar al interesado en el domicilio senalado, la notificacion se practicara por estrados mediante fijacion de aviso en lugar visible de la oficina de la autoridad.
Las notificaciones por estrados se haran fijando durante quince dias el acto a notificar en un sitio abierto al publico de las oficinas de la autoridad que efectue la notificacion.
La notificacion por estrados procede cuando:
- El interesado haya desaparecido del domicilio senalado
- Se desconozca el domicilio del interesado
- El domicilio no exista o sea inexistente
- Se hayan agotado los demas medios de notificacion
1. Se fija el aviso en lugar visible de las oficinas de la autoridad
2. El aviso permanece publicado por 15 dias habiles
3. Se levanta constancia de la fijacion y del retiro
4. La notificacion surte efectos al dia siguiente del retiro del aviso
Las notificaciones por estrados son plenamente validas cuando se acredita que se agotaron previamente los medios de notificacion personal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La notificacion por estrados debe ser el ultimo recurso, no el primero. Si la autoridad recurre a estrados sin agotar previamente la notificacion personal, el acto es impugnable por violacion al debido proceso. Hemos logrado nulidades cuando la autoridad notifico por estrados sin acreditar que intento primero la notificacion personal en el domicilio del interesado.
Art. 35. Notificaciones en general
Las notificaciones en el procedimiento administrativo se haran conforme a las disposiciones de la LFPA. Surtiran efectos al dia siguiente de aquel en que se practiquen.
Art. 36. Citatorio previo a la notificacion personal
Cuando no se encuentre al interesado en su domicilio, se dejara citatorio para que espere a una hora fija del dia habil siguiente. Si no espera, la notificacion se hara por conducto de quien se encuentre en el domicilio.
Art. 38. Notificacion por edictos
En los casos en que se desconozca el domicilio del interesado, la autoridad podra notificar mediante edictos publicados en el Diario Oficial de la Federacion y en un periodico de circulacion nacional.
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