LFPCA

Artículo 27. Resolución de incidentes

Establece las reglas generales para la resolución de incidentes en el juicio contencioso administrativo, incluyendo plazos y efectos de las resoluciones interlocutorias.

incidentesresolucióninterlocutoriamagistrado instructorrecursos

Texto Legal

Artículo 27 – Resolución de Incidentes

Los incidentes a que se refiere este capítulo se resolverán por el Magistrado Instructor, salvo los de competencia que serán resueltos por la Sala en que se encuentre radicado el juicio.

En los incidentes que no puedan resolverse de plano, se concederá un plazo de cinco días a las partes para que manifiesten lo que a su derecho convenga, y se resolverán dentro de los cinco días siguientes.

Las resoluciones interlocutorias que pongan fin a un incidente no admitirán recurso alguno, salvo la que decida sobre la competencia.

Reglas para la resolución


AspectoRegla
**Competente**Magistrado Instructor (regla general)
**Competencia**Resuelta por la Sala
**Trámite**De plano o con plazo de 5 días
**Resolución**Dentro de 5 días después de alegatos
**Recursos**No admiten recurso, salvo competencia

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La resolución de incidentes debe ser pronta para no retrasar el juicio principal. En SDV Asesores estamos atentos a que los incidentes se resuelvan oportunamente y, cuando la resolución de competencia nos es desfavorable, interponemos el recurso correspondiente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del LFPCA?

Establece las reglas generales para la resolución de incidentes en el juicio contencioso administrativo, incluyendo plazos y efectos de las resoluciones interlocutorias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la Ley de Procedimiento Contencioso?

La resolución de incidentes debe ser pronta para no retrasar el juicio principal. En SDV Asesores estamos atentos a que los incidentes se resuelvan oportunamente y, cuando la resolución de competencia nos es desfavorable, interponemos el recurso correspondiente.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 27 del LFPCA?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 27 LFPCA desde tu celular