LCQ

Artículo 46. No obtención de la conformidad

Este articulo establece que si el deudor no presenta las conformidades de los acreedores en el plazo previsto, será declarado en quiebra. Es un mecanismo de presión para asegurar la negociación.

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Texto Legal

- No obtención de la conformidad. Si el deudor no presentara en el expediente, en el plazo previsto, las conformidades de los acreedores quirografarios bajo el régimen de categorías y mayorías previstos en el artículo anterior, será declarado en quiebra, con excepción de lo previsto en el Artículo 48 para determinados sujetos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No cumplir con este requisito puede resultar en la quiebra automática, lo que significa que los acreedores perderían la oportunidad de negociar un acuerdo favorable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 46 del LCQ?

Este articulo establece que si el deudor no presenta las conformidades de los acreedores en el plazo previsto, será declarado en quiebra. Es un mecanismo de presión para asegurar la negociación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 46 de la LCQ?

No cumplir con este requisito puede resultar en la quiebra automática, lo que significa que los acreedores perderían la oportunidad de negociar un acuerdo favorable.

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