LRFIyII_Art105

Artículo 52. Plazo para interponer reclamación

El recurso de reclamación debe interponerse en un plazo de cinco días, incluyendo la expresión de agravios y pruebas. Este plazo es crítico para la validez del recurso.

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Texto Legal

El recurso de reclamación deberá interponerse en un plazo de cinco días y en él deberán expresarse agravios y acompañarse pruebas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Respetar el plazo de cinco días es vital para la eficacia del recurso de reclamación. Los abogados deben asegurarse de que sus clientes cumplan con este requisito para evitar la desestimación del recurso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del LRFIyII_Art105?

El recurso de reclamación debe interponerse en un plazo de cinco días, incluyendo la expresión de agravios y pruebas. Este plazo es crítico para la validez del recurso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 de la LEY Reglamentaria de las Fracciones I y II del ...?

[IA] Respetar el plazo de cinco días es vital para la eficacia del recurso de reclamación. Los abogados deben asegurarse de que sus clientes cumplan con este requisito para evitar la desestimación del recurso.

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