LRFIyII_Art105

Artículo 69. Acumulación de acciones

El Presidente de la Suprema Corte puede acumular acciones de inconstitucionalidad que impugnen la misma norma. Esto busca una resolución más eficiente de casos relacionados.

acumulacionaccionessuprema corte

Texto Legal

La persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de oficio o a petición de parte, podrá decretar la acumulación de dos o más acciones de inconstitucionalidad siempre que en ellas se impugne la misma norma. Párrafo reformado DOF 03-04-2025

Cuando exista conexidad entre acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales y juicios de amparo, se estará a lo dispuesto en los artículos 37 y 38 de esta ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La acumulación de acciones puede afectar la estrategia legal. Es recomendable estar al tanto de otras acciones que puedan influir en su caso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 69 del LRFIyII_Art105?

El Presidente de la Suprema Corte puede acumular acciones de inconstitucionalidad que impugnen la misma norma. Esto busca una resolución más eficiente de casos relacionados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 69 de la LEY Reglamentaria de las Fracciones I y II del ...?

[IA] La acumulación de acciones puede afectar la estrategia legal. Es recomendable estar al tanto de otras acciones que puedan influir en su caso.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 69 del LRFIyII_Art105?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 69 LRFIyII_Art105 desde tu celular