Regula el procedimiento de cancelacion judicial de la letra de cambio en caso de extravio o robo.
En caso de extravio o robo de una letra de cambio, el ultimo tenedor puede solicitar su cancelacion judicial.
1. Solicitud ante juez competente
2. Notificacion al aceptante, librador y endosantes conocidos
3. Publicacion de edictos
4. Transcurrido el plazo sin oposicion, se cancela la letra
5. Se expide duplicado o se autoriza el cobro
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La cancelacion judicial es el procedimiento correcto cuando un titulo de credito se pierde o es robado. Es fundamental actuar con rapidez para evitar que un tercero cobre el titulo. Recomendamos notificar inmediatamente al obligado principal y acudir al juzgado competente para iniciar el tramite de cancelacion antes de que prescriba la accion cambiaria.
Art. 18. Cancelacion de titulos de credito
Establece el procedimiento para la cancelacion judicial de titulos de credito extraviados o robados, protegiendo los derechos del titular legitimo.
Art. 19. Oposicion a la cancelacion
Regula el derecho de oposicion que tiene el tenedor de un titulo frente a la solicitud de cancelacion, estableciendo el procedimiento para dirimir la controversia.
Art. 118. Intervencion por honor
Detalla las reglas de la intervencion por honor en la letra de cambio, cuando un tercero paga por cuenta de un obligado de regreso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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