Establece que si el ultimo dia para levantar el protesto es inhabil, el plazo se prorroga al siguiente dia habil.
Si el ultimo dia del plazo para levantar el protesto es inhabil, el protesto puede levantarse el siguiente dia habil.
Esta regla es concordante con la regla general del articulo 59 sobre dias inhabiles y garantiza que el tenedor no pierda sus derechos por causas ajenas a su voluntad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La prorroga por dias inhabiles protege al tenedor diligente que no puede protestar por causas ajenas. Es importante considerar los calendarios de dias festivos oficiales y locales al calcular los plazos de protesto, especialmente durante periodos vacacionales como Semana Santa o fin de ano, donde se acumulan dias inhabiles.
Art. 59. Dias inhabiles para el pago
Establece que si el dia del vencimiento es inhabil, el pago puede hacerse el siguiente dia habil.
Art. 122. Protesto por falta de pago - plazo
Reitera que el protesto por falta de pago debe levantarse dentro de los dos dias habiles siguientes al vencimiento.
Art. 123. Forma del protesto notarial
Detalla los requisitos formales del acta de protesto que debe levantar el notario o corredor publico.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo