LGTOC

Artículo 131. Gastos de cobranza de la letra

Establece que los gastos de cobranza de la letra de cambio son a cargo del obligado que no pago oportunamente.

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Texto Legal

Articulo 131 — Gastos de Cobranza

Los gastos de cobranza legalmente comprobados son a cargo del obligado que no pago la letra oportunamente.

Conceptos incluidos

1. Gastos de protesto
2. Gastos de notificacion a los obligados de regreso
3. Gastos de cobranza judicial o extrajudicial
4. Derechos de comision conforme a los usos

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Los gastos de cobranza recuperables incluyen no solo el protesto sino tambien honorarios de abogados y gastos extrajudiciales. Es fundamental conservar comprobantes de todos los gastos realizados para poder reclamarlos judicialmente. Una buena documentacion de gastos puede representar una recuperacion significativa adicional al monto del titulo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 131 del LGTOC?

Establece que los gastos de cobranza de la letra de cambio son a cargo del obligado que no pago oportunamente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 131 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: Los gastos de cobranza recuperables incluyen no solo el protesto sino tambien honorarios de abogados y gastos extrajudiciales. Es fundamental conservar comprobantes de todos los gastos realizados para poder reclamarlos judicialmente. Una buena documentacion de gastos puede representar una recuperacion significativa adicional al monto del titulo.

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