- Si la letra no es pagada por el girado, pueden pagarla por intervención, en el orden
siguiente:
I.- El aceptante por intervención;
II.- El recomendatario;
III.- Un tercero.LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 26-03-2024
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El girado que no aceptó como girado, puede intervenir como tercero, con preferencia a cualquier otro
que intervenga como tercero, salvo lo dispuesto en el artículo 137.
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Art. 132. Derecho de reembolso del obligado de regreso
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Art. 134. Prescripcion de acciones del aval en la letra
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