LGTOC

Artículo 153. Responsabilidad del endosante en la letra

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 26 de marzo de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

Artículo 153

- El obligado en vía de regreso que paga la letra tiene derecho a exigir, por medio de la
acción cambiaria:
I.- El reembolso de lo que hubiere pagado, menos las costas a que haya sido condenado;
II.- Intereses moratorios al tipo legal sobre esa suma desde la fecha de su pago;
III.- Los gastos de cobranza y los demás gastos legítimos; y
IV.- El premio del cambio entre la plaza de su domicilio y la del reembolso, más los gastos de
situación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 153 del LGTOC?

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