LGTOC

Artículo 154. Reglas para la letra con pluralidad de vencimientos

Reitera la nulidad de la letra de cambio que contenga vencimientos sucesivos o escalonados.

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Texto Legal

Articulo 154 — Letra con Vencimientos Multiples

La letra de cambio que contenga vencimientos sucesivos es nula como titulo de credito.

Razon

La unicidad del vencimiento es un requisito esencial de la letra de cambio que garantiza la certeza en las obligaciones cambiarias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La nulidad por vencimientos multiples es una trampa frecuente para quienes desconocen la diferencia entre letra de cambio y pagare. Si un cliente necesita documentar pagos en parcialidades, el instrumento correcto es el pagare, no la letra. La eleccion equivocada del titulo puede resultar en la perdida total del caracter ejecutivo del documento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 154 del LGTOC?

Reitera la nulidad de la letra de cambio que contenga vencimientos sucesivos o escalonados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 154 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: La nulidad por vencimientos multiples es una trampa frecuente para quienes desconocen la diferencia entre letra de cambio y pagare. Si un cliente necesita documentar pagos en parcialidades, el instrumento correcto es el pagare, no la letra. La eleccion equivocada del titulo puede resultar en la perdida total del caracter ejecutivo del documento.

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