LGTOC

Artículo 27. Endoso en propiedad

Regula el endoso en propiedad, que transfiere la propiedad del titulo de credito y todos los derechos a el inherentes al endosatario.

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Texto Legal

Articulo 27 — Endoso en Propiedad

El endoso que contenga la clausula "en propiedad" o alguna equivalente, transfiere la propiedad del titulo y todos los derechos a el inherentes.

Efectos

1. El endosatario adquiere la propiedad plena del titulo
2. Adquiere todos los derechos derivados del titulo, incluyendo garantias y accesorios
3. Puede a su vez endosar el titulo a un tercero
4. Queda legitimado para ejercer todas las acciones derivadas del titulo

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El endoso en propiedad es el mas utilizado en operaciones comerciales porque transfiere plenamente el titulo y todos sus derechos. Es esencial en operaciones de factoraje donde la empresa cedente transmite pagares de sus clientes a la empresa de factoraje. El endosatario en propiedad adquiere un derecho autonomo, protegido contra excepciones personales del deudor contra el endosante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del LGTOC?

Regula el endoso en propiedad, que transfiere la propiedad del titulo de credito y todos los derechos a el inherentes al endosatario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: El endoso en propiedad es el mas utilizado en operaciones comerciales porque transfiere plenamente el titulo y todos sus derechos. Es esencial en operaciones de factoraje donde la empresa cedente transmite pagares de sus clientes a la empresa de factoraje. El endosatario en propiedad adquiere un derecho autonomo, protegido contra excepciones personales del deudor contra el endosante.

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