Los patrones pueden interponer recurso de inconformidad contra las sanciones impuestas por la Secretaria del Trabajo, conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
Los patrones podran impugnar las sanciones mediante recurso de inconformidad.
- 15 dias habiles contados a partir de la notificacion de la sancion
El recurso se interpone ante la propia Secretaria del Trabajo y Prevision Social.
La interposicion del recurso no suspende la ejecucion de la sancion, salvo que se otorgue la suspension conforme a la ley.
Si el recurso se resuelve desfavorablemente, el patron puede acudir al juicio contencioso administrativo ante el TFJA.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El recurso de inconformidad es el medio de defensa primario del patron contra sanciones que considere injustas o desproporcionadas. El plazo de 15 dias habiles es improrrogable, por lo que recomendamos actuar con celeridad. Es importante que el recurso este bien fundamentado y acompanado de las pruebas necesarias. Si el recurso no prospera, aun queda la via del juicio contencioso ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Art. 51. Sanciones por incumplimiento
Las infracciones al Reglamento se sancionaran conforme a lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo, con multas que van desde 50 hasta 5,000 veces la UMA, dependiendo de la gravedad.
Art. 55. Prescripcion de infracciones laborales
Las infracciones al Reglamento prescriben en el plazo establecido por la Ley Federal del Trabajo, contado a partir de la fecha en que se cometio la infraccion.
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