RLISR

Artículo 271. Dividendos pagados a residentes en el extranjero tasa

Establece las reglas para dividendos pagados a residentes en el extranjero tasa, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 164 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 271 — Dividendos pagados a residentes en el extranjero tasa

Para los efectos de el articulo 164 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Fuente de riqueza

Para los efectos de la tributacion de residentes en el extranjero, se regulan las disposiciones relativas a dividendos pagados a residentes en el extranjero tasa cuando la fuente de riqueza se ubique en Mexico.

II. Tasa de retencion

La retencion del impuesto se efectuara aplicando la tasa prevista en la Ley sobre el ingreso bruto, sin deduccion alguna salvo disposicion expresa.

III. Tratados internacionales

Cuando exista un tratado para evitar la doble tributacion, se aplicara la tasa preferencial prevista en el tratado, previa acreditacion de la residencia fiscal.

IV. Pago definitivo

La retencion tendra el caracter de pago definitivo del impuesto para el residente en el extranjero.

V. Obligaciones del retenedor

El retenedor debera efectuar la retencion, enterarla al SAT y presentar la declaracion informativa correspondiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los dividendos pagados a residentes en el extranjero estan sujetos a una retencion del 10% como impuesto adicional. SDV Asesores senala que esta tasa puede reducirse mediante tratados para evitar doble tributacion, frecuentemente al 5% para participaciones significativas. La emision de la constancia de dividendos y el calculo del ISR piramidado requieren atencion especial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 271 del RLISR?

Establece las reglas para dividendos pagados a residentes en el extranjero tasa, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 164 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 271 de la Reglamento LISR?

Los dividendos pagados a residentes en el extranjero estan sujetos a una retencion del 10% como impuesto adicional. SDV Asesores senala que esta tasa puede reducirse mediante tratados para evitar doble tributacion, frecuentemente al 5% para participaciones significativas. La emision de la constancia de dividendos y el calculo del ISR piramidado requieren atencion especial.

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