RLISR

Artículo 42. Anticipos a proveedores requisitos de deduccion

Regula el tratamiento fiscal de anticipos a proveedores requisitos de deduccion, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 27 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 42 — Anticipos a proveedores requisitos de deduccion

Para los efectos de el articulo 27 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Anticipos por adquisicion de mercancias

Los anticipos entregados a proveedores por la adquisicion de mercancias seran deducibles en el ejercicio en que se reciban las mercancias o se preste el servicio.

II. CFDI de anticipo

Debe expedirse un CFDI por el anticipo recibido y posteriormente el CFDI por el monto total de la operacion, aplicando el anticipo.

III. Anticipo no aplicado

Cuando el anticipo no se aplique a la adquisicion de mercancias, el monto del anticipo se considerara como un credito a favor del contribuyente.

IV. Devolucion de anticipos

La devolucion de anticipos se tratara como una reduccion de la deduccion en el ejercicio en que se reciba la devolucion.

V. Control contable

Los contribuyentes llevaran un control especifico de los anticipos otorgados, identificando el proveedor, monto y estado de aplicacion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los anticipos a proveedores son deducibles en el ejercicio en que se entregan siempre que se cuente con el CFDI correspondiente. SDV Asesores recomienda verificar que los anticipos se apliquen efectivamente contra las adquisiciones o servicios contratados. La falta de documentacion que vincule el anticipo con la operacion final es motivo de rechazo de la deduccion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 42 del RLISR?

Regula el tratamiento fiscal de anticipos a proveedores requisitos de deduccion, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 27 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 42 de la Reglamento LISR?

Los anticipos a proveedores son deducibles en el ejercicio en que se entregan siempre que se cuente con el CFDI correspondiente. SDV Asesores recomienda verificar que los anticipos se apliquen efectivamente contra las adquisiciones o servicios contratados. La falta de documentacion que vincule el anticipo con la operacion final es motivo de rechazo de la deduccion.

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