RLIVA

Artículo 20. Concepto de prestacion de servicios independientes

Desarrolla el concepto de prestacion de servicios independientes para efectos del IVA, precisando los supuestos que se consideran como tales y los que quedan excluidos del objeto del impuesto.

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Texto Legal

Articulo 20 — Prestacion de servicios independientes

Para los efectos del articulo 14 de la Ley, se considera prestacion de servicios independientes:

Supuestos incluidos

- I. La prestacion de obligaciones de hacer que realice una persona a favor de otra, cualquiera que sea el acto que le de origen y el nombre o clasificacion que a dicho acto se le de en leyes distintas a la Ley del IVA.
- II. El transporte de personas o bienes.
- III. El seguro, afianzamiento y reafianzamiento.
- IV. El mandato, la comision, la mediacion, la agencia, la representacion, la correduria, la consignacion y la distribucion.
- V. La asistencia tecnica y la transferencia de tecnologia.
- VI. Toda otra obligacion de dar, de no hacer o de permitir, asumida por una persona en beneficio de otra, siempre que no este considerada por la Ley como enajenacion o uso o goce temporal de bienes.

Servicios que no se consideran independientes

No se consideran servicios independientes los prestados en forma subordinada mediante el pago de una remuneracion, ni los servicios por los que se perciban ingresos asimilados a salarios conforme a la Ley del ISR.

Servicios gratuitos

Los servicios prestados a titulo gratuito estan gravados con IVA cuando se presten a personas distintas de los miembros, socios o asociados de la persona moral que los otorgue, conforme a lo previsto en la Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La amplitud del concepto de servicios independientes es notable. En SDV Asesores de Negocio identificamos frecuentemente confusion entre servicios subordinados (salarios, exentos de IVA) y servicios independientes (honorarios, gravados). La distincion es critica pues impacta tanto en IVA como en ISR y obligaciones laborales. Particular atencion merecen los esquemas de subcontratacion y outsourcing.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del RLIVA?

Desarrolla el concepto de prestacion de servicios independientes para efectos del IVA, precisando los supuestos que se consideran como tales y los que quedan excluidos del objeto del impuesto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la Reglamento LIVA?

La amplitud del concepto de servicios independientes es notable. En SDV Asesores de Negocio identificamos frecuentemente confusion entre servicios subordinados (salarios, exentos de IVA) y servicios independientes (honorarios, gravados). La distincion es critica pues impacta tanto en IVA como en ISR y obligaciones laborales. Particular atencion merecen los esquemas de subcontratacion y outsourcing.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 20 RLIVA?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 20 del RLIVA, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de IVA. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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