RLIVA

Artículo 31. Uso o goce temporal de bienes muebles

Regula el tratamiento del IVA en el arrendamiento de bienes muebles, incluyendo maquinaria, equipo, vehiculos y demas bienes tangibles e intangibles.

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Texto Legal

Articulo 31 — Uso o Goce Temporal de Bienes Muebles

El uso o goce temporal de bienes muebles esta gravado al 16% de IVA conforme a las siguientes reglas:

Bienes gravados

Estan gravados todos los bienes muebles tangibles e intangibles otorgados en uso o goce temporal, incluyendo:

- Maquinaria y equipo industrial
- Vehiculos terrestres, aereos y maritimos
- Equipo de computo y tecnologia
- Patentes, marcas y derechos de autor (intangibles)

Base del impuesto

La base del IVA sera el monto total de las rentas, regalias o cualquier contraprestacion pactada por el uso o goce del bien.

Arrendamiento financiero

En el arrendamiento financiero, el IVA se causa sobre cada pago de renta conforme al flujo de efectivo. Al ejercerse la opcion de compra, se causara IVA sobre el precio de la opcion.

Regalias

Las regalias pagadas por el uso de patentes, marcas, nombres comerciales y demas derechos de propiedad intelectual causan IVA al 16%.

Documentacion

El arrendador debera expedir CFDI por cada pago de renta que reciba, desglosando el IVA trasladado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El arrendamiento de bienes muebles, incluyendo maquinaria, vehiculos y propiedad intelectual, esta gravado al 16% sin excepciones. En SDV Asesores de Negocio destacamos que las regalias por uso de marcas y patentes tambien causan IVA, lo cual es particularmente relevante en operaciones con empresas del mismo grupo corporativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del RLIVA?

Regula el tratamiento del IVA en el arrendamiento de bienes muebles, incluyendo maquinaria, equipo, vehiculos y demas bienes tangibles e intangibles.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la Reglamento LIVA?

El arrendamiento de bienes muebles, incluyendo maquinaria, vehiculos y propiedad intelectual, esta gravado al 16% sin excepciones. En SDV Asesores de Negocio destacamos que las regalias por uso de marcas y patentes tambien causan IVA, lo cual es particularmente relevante en operaciones con empresas del mismo grupo corporativo.

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