RLIVA

Artículo 6. Medicinas de patente a tasa 0%

Precisa los requisitos para que las medicinas de patente se graven a tasa 0%, incluyendo los criterios de registro sanitario y las exclusiones aplicables.

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Texto Legal

Articulo 6 — Medicinas de Patente

Para los efectos del articulo 2-A, fraccion I, inciso b) de la Ley, se consideran medicinas de patente los productos registrados ante la autoridad sanitaria conforme a la Ley General de Salud.

Requisitos para tasa 0%

Las medicinas de patente se gravaran a tasa 0% cuando:

- I. Cuenten con registro sanitario vigente emitido por la COFEPRIS
- II. Se encuentren catalogadas en el Cuadro Basico y Catalogo de Medicamentos del Sector Salud o sean de libre venta
- III. Se enajenen en su presentacion comercial original

Productos incluidos

La tasa 0% aplica a:

- Medicamentos alopatas con registro sanitario
- Medicamentos homeopaticos con registro sanitario
- Vacunas y sueros
- Material de curacion

Productos excluidos

No se gravan a tasa 0%:

- Productos de perfumeria y cosmeticos
- Suplementos alimenticios (a menos que cuenten con registro como medicamento)
- Productos de higiene personal

Importacion de medicinas

Las medicinas de patente importadas tambien se gravan a tasa 0% siempre que cuenten con el registro sanitario correspondiente para su comercializacion en Mexico.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La correcta clasificacion de medicinas de patente a tasa 0% requiere verificar el registro sanitario vigente ante COFEPRIS. En SDV Asesores de Negocio alertamos que suplementos alimenticios y productos cosmeticos frecuentemente se confunden con medicinas, generando aplicaciones indebidas de la tasa 0% que pueden ser objetadas por el SAT.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del RLIVA?

Precisa los requisitos para que las medicinas de patente se graven a tasa 0%, incluyendo los criterios de registro sanitario y las exclusiones aplicables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la Reglamento LIVA?

La correcta clasificacion de medicinas de patente a tasa 0% requiere verificar el registro sanitario vigente ante COFEPRIS. En SDV Asesores de Negocio alertamos que suplementos alimenticios y productos cosmeticos frecuentemente se confunden con medicinas, generando aplicaciones indebidas de la tasa 0% que pueden ser objetadas por el SAT.

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