RLSS

Artículo 63. Sustitucion patronal y continuidad de derechos

Regula los efectos de la sustitucion patronal sobre los derechos de los trabajadores y las obligaciones del patron sustituto en materia de seguridad social.

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Texto Legal

Articulo 63 — Sustitucion Patronal y Continuidad de Derechos

En los casos de sustitucion patronal, se observaran las siguientes disposiciones para efectos de seguridad social:

Continuidad de derechos

Los trabajadores conservan todos los derechos adquiridos ante el Instituto, incluyendo:

- Las semanas de cotizacion acumuladas
- La antiguedad para efectos de prestaciones
- El salario base de cotizacion registrado
- Los beneficios de los seguros del regimen obligatorio

Obligaciones del patron sustituto

El patron sustituto debera:

1. Registrarse ante el Instituto como nuevo patron, en su caso
2. Presentar los movimientos afiliatorios correspondientes (altas bajo su registro)
3. Asumir el pago de las cuotas obrero-patronales a partir de la fecha de sustitucion
4. Responder solidariamente de las obligaciones pendientes del patron sustituido

Responsabilidad solidaria

El patron sustituido sera responsable solidario con el sustituto durante un periodo de seis meses contados a partir de la fecha de la sustitucion, respecto de las obligaciones nacidas antes de dicha fecha.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La sustitucion patronal es comun en fusiones, adquisiciones y reestructuras corporativas. El punto mas critico es la responsabilidad solidaria de seis meses del patron sustituido: durante ese periodo, ambos patrones responden por las obligaciones previas a la sustitucion. Es indispensable realizar una auditoria de cumplimiento de seguridad social como parte del due diligence antes de cualquier operacion de compraventa o fusion, para cuantificar las contingencias que se asumen.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 63 del RLSS?

Regula los efectos de la sustitucion patronal sobre los derechos de los trabajadores y las obligaciones del patron sustituto en materia de seguridad social.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 63 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: La sustitucion patronal es comun en fusiones, adquisiciones y reestructuras corporativas. El punto mas critico es la responsabilidad solidaria de seis meses del patron sustituido: durante ese periodo, ambos patrones responden por las obligaciones previas a la sustitucion. Es indispensable realizar una auditoria de cumplimiento de seguridad social como parte del due diligence antes de cualquier operacion de compraventa o fusion, para cuantificar las contingencias que se asumen.

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