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Artículo 176. Infracciones relacionadas con la importacion y exportacion

Enumera las conductas que constituyen infracciones relacionadas con la importacion o exportacion de mercancias, incluyendo la introduccion al pais o extraccion de mercancias sin permiso, omitiendo el pago de contribuciones, sin cumplir regulaciones no arancelarias, o mediante documentos falsos.

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Texto Legal

Articulo 176 - Infracciones de importacion y exportacion

Comete las infracciones relacionadas con la importacion o exportacion, quien introduzca al pais o extraiga de el mercancias, en cualquiera de los siguientes casos:

Supuestos de infraccion

- I. Sin permiso de las autoridades competentes o sin la firma electronica en el pedimento que demuestre el descargo total o parcial del permiso antes de realizar el despacho aduanero.
- II. Sin tramitar el pedimento respectivo en la aduana.
- III. Omitiendo el pago total o parcial de los impuestos al comercio exterior y, en su caso, de las cuotas compensatorias.
- IV. Sin cumplir las regulaciones y restricciones no arancelarias, excepto las normas oficiales mexicanas.
- V. Cuando su importacion o exportacion este prohibida.
- VI. Cuando las mercancias se importen o exporten con documentacion que contenga datos o informacion falsos o con documentacion falsa o alterada.
- VII. Cuando se presenten documentos en que se hagan constar operaciones de comercio exterior con datos inexactos o falsos.
- VIII. Cuando las mercancias no se encuentren amparadas por un pedimento o por una autorizacion.
- IX. Cuando se omita el retorno al extranjero de las mercancias importadas temporalmente, dentro del plazo autorizado.
- X. Cuando las mercancias de comercio exterior no se encuentren en los lugares senalados por la legislacion aduanera.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El articulo 176 es la base de las infracciones aduaneras y, en los casos mas graves, del delito de contrabando. Las fracciones II y III (sin pedimento u omitiendo contribuciones) son las mas frecuentes y pueden configurar contrabando si el monto evadido supera ciertos umbrales. La fraccion VI (documentacion falsa) es particularmente grave y puede implicar responsabilidad penal. La fraccion IX (falta de retorno en temporal) afecta especialmente a empresas IMMEX con descontrol de inventarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 176 del LAd?

Enumera las conductas que constituyen infracciones relacionadas con la importacion o exportacion de mercancias, incluyendo la introduccion al pais o extraccion de mercancias sin permiso, omitiendo el pago de contribuciones, sin cumplir regulaciones no arancelarias, o mediante documentos falsos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 176 de la Ley Aduanera?

El articulo 176 es la base de las infracciones aduaneras y, en los casos mas graves, del delito de contrabando. Las fracciones II y III (sin pedimento u omitiendo contribuciones) son las mas frecuentes y pueden configurar contrabando si el monto evadido supera ciertos umbrales. La fraccion VI (documentacion falsa) es particularmente grave y puede implicar responsabilidad penal. La fraccion IX (falta de retorno en temporal) afecta especialmente a empresas IMMEX con descontrol de inventarios.

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