LAg

Artículo 152. Obligaciones de las sociedades propietarias de tierras

Establece las obligaciones que deben cumplir las sociedades propietarias de tierras agricolas, ganaderas o forestales.

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Texto Legal

Articulo 152 - Obligaciones de las Sociedades Propietarias

Las sociedades propietarias de tierras estan obligadas a:

1. Mantener su inscripcion vigente en el Registro Agrario Nacional
2. Informar al RAN sobre cualquier cambio en la tenencia accionaria de serie T
3. Destinar las tierras al cumplimiento de su objeto social
4. Cumplir con las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles y demas leyes aplicables

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las sociedades propietarias de tierras que incumplan los limites de extension estan obligadas a enajenar las tierras excedentes en un plazo de un ano. El incumplimiento de esta obligacion faculta a la autoridad agraria para proceder a la venta de las tierras excedentes en publica almoneda. SDV Asesores asesora en la reestructuracion de la tenencia de tierras para cumplir con los limites legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 152 del LAg?

Establece las obligaciones que deben cumplir las sociedades propietarias de tierras agricolas, ganaderas o forestales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 152 de la Ley Agraria?

Las sociedades propietarias de tierras que incumplan los limites de extension estan obligadas a enajenar las tierras excedentes en un plazo de un ano. El incumplimiento de esta obligacion faculta a la autoridad agraria para proceder a la venta de las tierras excedentes en publica almoneda. SDV Asesores asesora en la reestructuracion de la tenencia de tierras para cumplir con los limites legales.

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