LAg

Artículo 20. Calidad de ejidatario

Define quienes son ejidatarios: los hombres y mujeres titulares de derechos ejidales. Establece los requisitos para adquirir la calidad de ejidatario.

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Texto Legal

Articulo 20 - Calidad de Ejidatario

La calidad de ejidatario se acredita:

1. Con el certificado de derechos agrarios expedido por autoridad competente
2. Con el certificado parcelario o de derechos comunes
3. Con la sentencia o resolucion relativa del tribunal agrario

Importancia del reconocimiento formal

La calidad de ejidatario otorga al titular un conjunto de derechos y obligaciones dentro del nucleo de poblacion ejidal, incluyendo el derecho a participar en las asambleas, a recibir parcela, al uso de tierras comunes y a los beneficios del ejido.

Para ser ejidatario se requiere:
- Ser mexicano mayor de edad o de cualquier edad si tiene familia a su cargo
- Ser avecindado del ejido correspondiente o cumplir con los requisitos que establezca cada ejido en su reglamento interno

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La acreditacion de la calidad de ejidatario es el primer paso para cualquier tramite agrario. Sin el certificado correspondiente, el ejidatario no puede ejercer sus derechos plenamente. Es fundamental que todos los ejidatarios tramiten y conserven sus certificados ante el Registro Agrario Nacional. La perdida de estos documentos puede complicar significativamente la transmision de derechos o cualquier procedimiento ante los tribunales agrarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LAg?

Define quienes son ejidatarios: los hombres y mujeres titulares de derechos ejidales. Establece los requisitos para adquirir la calidad de ejidatario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la Ley Agraria?

La acreditacion de la calidad de ejidatario es el primer paso para cualquier tramite agrario. Sin el certificado correspondiente, el ejidatario no puede ejercer sus derechos plenamente. Es fundamental que todos los ejidatarios tramiten y conserven sus certificados ante el Registro Agrario Nacional. La perdida de estos documentos puede complicar significativamente la transmision de derechos o cualquier procedimiento ante los tribunales agrarios.

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