Establece las formalidades especiales requeridas para los acuerdos de la asamblea relativos a las fracciones VII a XIV del articulo 23, incluyendo la presencia de fedatario publico y de la Procuraduria Agraria.
Para los asuntos senalados en las fracciones VII a XIV del articulo 23 de esta ley, se requerira ademas que:
I. La asamblea sea instalada con la presencia de un representante de la Procuraduria Agraria
II. El acta sea firmada por el representante de la Procuraduria Agraria y que ante el se verifique el cumplimiento de las formalidades que senala esta ley
III. En su caso, los acuerdos se inscriban en el Registro Agrario Nacional
Cuando se trate de la autorizacion a los ejidatarios para que adopten el dominio pleno sobre sus parcelas, la resolucion debera publicarse en el Diario Oficial de la Federacion y en el periodico de mayor circulacion de la localidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El reconocimiento de avecindados por la asamblea ejidal amplia la base de personas con derechos dentro del nucleo agrario. Este reconocimiento es relevante para empresas que necesitan acuerdos con la totalidad de los pobladores del ejido, ya que los avecindados tienen voz en las juntas de pobladores y pueden convertirse en ejidatarios con derechos plenos.
Art. 23. Facultades exclusivas de la asamblea ejidal
Enumera las facultades exclusivas de la asamblea ejidal como organo supremo del ejido, incluyendo la formulacion del reglamento interno, aceptacion de nuevos ejidatarios, y delimitacion de tierras.
Art. 25. Segunda convocatoria de la asamblea ejidal
Establece que de no reunirse el quorum para la primera convocatoria, se expedira segunda convocatoria en la que la asamblea se celebrara con los ejidatarios que concurran.
Art. 81. Dominio pleno sobre parcelas ejidales
Establece que previo acuerdo de la asamblea, los ejidatarios podran adoptar el dominio pleno sobre sus parcelas, dejando de ser ejidales y pasando al regimen de propiedad privada.
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Art. 25. Segunda convocatoria de la asamblea ejidal
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Art. 27. Transmision de derechos ejidales entre vivos
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