Establece la metodologia para calcular el monto de la subvencion compensable, expresado como porcentaje ad valorem del valor de la mercancia subvencionada.
El monto de la subvencion compensable se calculara en terminos del beneficio conferido al receptor durante el periodo de investigacion.
I. El beneficio se calculara como la diferencia entre las condiciones otorgadas por el gobierno y las condiciones de mercado que habria obtenido la empresa sin la subvencion.
II. En el caso de prestamos gubernamentales, el beneficio es la diferencia entre la tasa de interes del prestamo y la tasa comercial de referencia.
III. En el caso de exenciones fiscales, el beneficio es el monto del impuesto dejado de pagar.
I. El monto de la subvencion se expresara como un porcentaje ad valorem del valor de la mercancia, calculado dividiendo el monto total del beneficio entre el valor total de las ventas del producto subvencionado.
I. Se considera que la subvencion es de minimis cuando su monto es inferior al 1% ad valorem. En este caso, no se impondran cuotas compensatorias.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El calculo del monto de la subvencion compensable requiere un analisis detallado de los programas gubernamentales del pais exportador y la cuantificacion del beneficio conferido. La regla de minimis del 1% es un umbral importante que puede determinar la viabilidad de la investigacion. En SDV realizamos calculos especializados del monto de las subvenciones para fundamentar o refutar su compensabilidad.
Art. 49. Cuotas compensatorias
Establece que las cuotas compensatorias seran equivalentes al margen de discriminacion de precios o al monto de la subvencion, y se aplicaran independientemente del arancel que corresponda.
Art. 51. Subvenciones al comercio exterior
Define las subvenciones como la contribucion financiera de un gobierno extranjero que confiere un beneficio al exportador o productor, permitiendo la imposicion de cuotas compensatorias.
Art. 53. Subvenciones prohibidas
Identifica las subvenciones consideradas prohibidas conforme al Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias de la OMC.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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