LCE

Artículo 54. Subvenciones recurribles

Define las subvenciones recurribles (compensables) como aquellas que causan efectos desfavorables al comercio de otro miembro de la OMC.

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Texto Legal

Articulo 54 - Subvenciones Recurribles

Son subvenciones recurribles aquellas que no estan prohibidas pero que causan efectos desfavorables a los intereses de otro miembro de la OMC.

Efectos desfavorables

I. Una subvencion recurrible causa efectos desfavorables cuando produce:

a) Dano a una rama de produccion nacional del miembro importador;

b) Anulacion o menoscabo de las ventajas resultantes para otro miembro del GATT de 1994;

c) Perjuicio grave a los intereses de otro miembro.

Especificidad

I. Para que una subvencion recurrible sea compensable, debe ser especifica, es decir, destinada a una empresa, grupo de empresas, rama de produccion o region determinada.

II. Las subvenciones de aplicacion general, como la infraestructura publica o el sistema educativo, no son especificas y por tanto no son compensables.

Investigacion

I. La determinacion de subvenciones recurribles requiere una investigacion completa que demuestre la existencia de la subvencion, la especificidad, el dano a la produccion nacional y la relacion causal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las subvenciones recurribles requieren demostrar tanto su especificidad como sus efectos desfavorables. La distincion entre subvenciones generales y especificas es determinante para la procedencia de la investigacion. En SDV analizamos la legislacion del pais exportador para determinar si los programas alegados cumplen con el requisito de especificidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 54 del LCE?

Define las subvenciones recurribles (compensables) como aquellas que causan efectos desfavorables al comercio de otro miembro de la OMC.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 54 de la Ley de Comercio Exterior?

Las subvenciones recurribles requieren demostrar tanto su especificidad como sus efectos desfavorables. La distincion entre subvenciones generales y especificas es determinante para la procedencia de la investigacion. En SDV analizamos la legislacion del pais exportador para determinar si los programas alegados cumplen con el requisito de especificidad.

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