LCE

Artículo 64. Rama de produccion nacional

Define el concepto de rama de produccion nacional y los criterios para su determinacion en el contexto de investigaciones por practicas desleales.

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Texto Legal

Articulo 64 - Rama de Produccion Nacional

Para efectos de esta Ley, la rama de produccion nacional se define como el conjunto de productores nacionales de la mercancia identica o similar.

Criterios de determinacion

I. La rama de produccion nacional podra comprender a la totalidad de los productores nacionales o a aquellos cuya produccion conjunta represente una proporcion importante de la produccion nacional total.

II. Cuando un productor nacional este vinculado con un exportador o importador de la mercancia investigada, podra ser excluido de la definicion de la rama de produccion nacional.

Mercado regional

I. En circunstancias excepcionales, la rama de produccion nacional podra definirse como los productores de una region del territorio nacional, cuando las importaciones se concentren en dicha region y causen dano a los productores de esa zona.

Mercancia identica o similar

I. La mercancia identica es aquella que es igual en todos los aspectos a la mercancia investigada.

II. La mercancia similar es aquella que, sin ser identica, tiene caracteristicas y usos semejantes que la hacen funcionalmente intercambiable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La definicion de la rama de produccion nacional es un elemento procesal que puede determinar el resultado de la investigacion. La exclusion de productores vinculados con exportadores o importadores y la posibilidad de definir mercados regionales son aspectos tecnicos complejos. En SDV asesoramos sobre la correcta definicion de la rama para fortalecer la posicion de nuestros clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 64 del LCE?

Define el concepto de rama de produccion nacional y los criterios para su determinacion en el contexto de investigaciones por practicas desleales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 64 de la Ley de Comercio Exterior?

La definicion de la rama de produccion nacional es un elemento procesal que puede determinar el resultado de la investigacion. La exclusion de productores vinculados con exportadores o importadores y la posibilidad de definir mercados regionales son aspectos tecnicos complejos. En SDV asesoramos sobre la correcta definicion de la rama para fortalecer la posicion de nuestros clientes.

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