LCE

Artículo 70. Clausula de interes publico

Establece que la Secretaria podra no imponer o reducir cuotas compensatorias cuando su imposicion cause un perjuicio desproporcionado al interes publico.

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Texto Legal

Articulo 70 - Clausula de Interes Publico

La Secretaria de Economia podra considerar razones de interes publico al determinar las cuotas compensatorias.

Supuestos

I. La Secretaria podra no imponer cuotas compensatorias, o fijarlas en un nivel inferior al margen de dumping o subvencion, cuando su imposicion causaria un perjuicio desproporcionado a:

a) Los consumidores finales del producto;

b) Las industrias que utilicen el producto como insumo;

c) El abasto del mercado nacional;

d) La competencia en el mercado interno.

Analisis

I. El analisis de interes publico considerara el impacto de las cuotas sobre los precios al consumidor, la disponibilidad del producto en el mercado nacional, la situacion de los usuarios industriales y el efecto sobre la competencia.

Procedimiento

I. Las partes interesadas podran presentar argumentos y pruebas sobre el interes publico durante la investigacion.

II. La determinacion de interes publico debera estar debidamente fundamentada y motivada en la resolucion definitiva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La clausula de interes publico permite a la Secretaria moderar el impacto de las cuotas compensatorias cuando su imposicion afecta desproporcionadamente a consumidores o industrias usuarias del producto. Es un mecanismo poco utilizado pero potencialmente muy valioso. En SDV presentamos argumentos de interes publico cuando las cuotas propuestas tendrian efectos negativos desproporcionados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 70 del LCE?

Establece que la Secretaria podra no imponer o reducir cuotas compensatorias cuando su imposicion cause un perjuicio desproporcionado al interes publico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 70 de la Ley de Comercio Exterior?

La clausula de interes publico permite a la Secretaria moderar el impacto de las cuotas compensatorias cuando su imposicion afecta desproporcionadamente a consumidores o industrias usuarias del producto. Es un mecanismo poco utilizado pero potencialmente muy valioso. En SDV presentamos argumentos de interes publico cuando las cuotas propuestas tendrian efectos negativos desproporcionados.

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