Complementa las reglas de retroactividad y devolucion de cuotas compensatorias, estableciendo los procedimientos para el cobro y reembolso.
Las cuotas compensatorias se cobraran y, en su caso, se devolveran conforme a las siguientes reglas.
I. Las cuotas compensatorias provisionales se cobran al momento de la importacion mediante deposito en efectivo o garantia suficiente ante la autoridad aduanera.
II. El importador debera declarar la cuota compensatoria aplicable al momento del despacho aduanero y realizar el pago correspondiente.
I. Cuando la cuota definitiva sea mayor que la provisional, la diferencia solo se cobrara a partir de la entrada en vigor de la resolucion definitiva.
II. Cuando la cuota definitiva sea menor que la provisional, la diferencia sera devuelta al importador con los intereses que correspondan.
III. Cuando no se impongan cuotas definitivas, se devolvera integramente el monto de las cuotas provisionales pagadas.
I. La devolucion se realizara a solicitud del importador ante la autoridad aduanera competente, acompanando los comprobantes de pago y la resolucion definitiva correspondiente.
II. La autoridad debera efectuar la devolucion dentro de los noventa dias habiles siguientes a la presentacion de la solicitud completa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El procedimiento de cobro y devolucion de cuotas compensatorias tiene implicaciones financieras directas para los importadores. La devolucion de cuotas provisionales cuando la resolucion definitiva es menor o negativa debe solicitarse activamente. En SDV damos seguimiento a las devoluciones de cuotas para que nuestros clientes recuperen los montos pagados en exceso con los intereses correspondientes.
Art. 49. Cuotas compensatorias
Establece que las cuotas compensatorias seran equivalentes al margen de discriminacion de precios o al monto de la subvencion, y se aplicaran independientemente del arancel que corresponda.
Art. 62. Resolucion preliminar en investigaciones
Regula la emision de resoluciones preliminares en investigaciones por practicas desleales, incluyendo la imposicion de cuotas compensatorias provisionales.
Art. 67. Retroactividad de cuotas compensatorias
Establece las reglas de retroactividad de las cuotas compensatorias y los supuestos en que pueden aplicarse a importaciones realizadas antes de la resolucion preliminar.
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Art. 72. Terminacion de investigaciones por practicas desleales
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Art. 74. Medidas antielusion y cooperacion aduanera
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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